ASPU – Asociación Sindical de Profesores Universitarios

Main Menu

  • INICIO
  • NOSOTROS
    • HISTORIA
    • ESTATUTOS
    • DECLARACIONES
    • SECCIONALES
    • PUBLICACIONES
    • DIRECTORIO
  • NEGOCIACIÓN
    • PLIEGO DE PETICIONES NACIONAL DE ASPU (2019)
    • PLIEGO NACIONAL ESTATAL (2019)
    • MESA DE DIÁLOGO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ACUERDOS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICA
    • ACTAS GENERALES
    • COMISIÓN RECURSOS IES
    • COMISIÓN SUPER-ES
    • COMISIÓN DECRETO 1279
  • OPINIÓN
  • NORMATIVIDAD
    • DECRETOS
    • LEYES
    • OTROS
    • SENTENCIAS
    • DDHH

logo

Header Banner

ASPU – Asociación Sindical de Profesores Universitarios

  • INICIO
  • NOSOTROS
    • HISTORIA
    • ESTATUTOS
    • DECLARACIONES
    • SECCIONALES
    • PUBLICACIONES
    • DIRECTORIO
  • NEGOCIACIÓN
    • PLIEGO DE PETICIONES NACIONAL DE ASPU (2019)
    • PLIEGO NACIONAL ESTATAL (2019)
    • MESA DE DIÁLOGO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ACUERDOS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICA
    • ACTAS GENERALES
    • COMISIÓN RECURSOS IES
    • COMISIÓN SUPER-ES
    • COMISIÓN DECRETO 1279
  • OPINIÓN
  • NORMATIVIDAD
    • DECRETOS
    • LEYES
    • OTROS
    • SENTENCIAS
    • DDHH
Reformas
Home›Reformas›Consideraciones del Comité Nacional de Representantes Profesorales

Consideraciones del Comité Nacional de Representantes Profesorales

By almo
28 marzo, 2012
13
0
Share:

Consideraciones del Comité Nacional de Representantes Profesorales, reunido los días 17
y 18 de febrero en la sede de Bogotá, sobre los proyectos de reforma al Estatuto General
y de expedición de nuevo Estatuto del Personal Académico.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Comité Nacional de Representantes Profesorales

Bogotá D.C., 18 de febrero de 2005

Señores
Consejo Superior Universitario
Universidad Nacional de Colombia
E.S.D.

Respetados señores:

El Comité Nacional de Representantes Profesorales, reunido los días 17 y 18 de febrero del año en curso en la sede de Bogotá, D.C., abordó por solicitud expresa de ese organismo y en atención al ordenamiento jurídico la Universidad, el estudio de los proyectos de reforma al Estatuto General y de expedición de nuevo Estatuto del Personal Académico, con el propósito de emitir concepto.

Luego del examen a los proyectos en mención, de un diálogo con el equipo de rectoría, y de realizadas las deliberaciones del caso, se acordaron –en forma unánime- las siguientes consideraciones:

1.- Los primeros proyectos de Estatuto General y de nuevo estatuto del Personal Académico se difundieron a mediados del año pasado en forma de articulados, sin una exposición de motivos. Aunque hubo difusión de esos textos y de sus posteriores modificaciones, así como la celebración de foros públicos con participación de las directivas, el espacio para la discusión se considera corto ante la no definición de una agenda que ordenara el debate amplio de tan trascendentales propuestas entre la comunidad universitaria y determinara los tiempos necesarios para la obtención de unos nuevos Estatutos General y de Personal Académico.

2.- Los mencionados proyectos carecen de un diagnóstico de la situación de la Universidad, que permita comprender con toda certeza la necesidad de emprender un proceso de reforma en la magnitud propuesta; ni siquiera se tiene un balance conocido por la comunidad universitaria, en los contenidos y términos que exigen comunidades académicas, en el que se muestre la inconveniencia del actual Estatuto General, o la necesidad de introducir un nuevo Estatuto del Personal Académico. Más bien, como tuvimos oportunidad de corroborarlo en la reunión sostenida con el Rector General y su equipo de dirección el día jueves 17 de febrero de 2005, queda la idea de que hay una dirección académica que no necesita diagnósticos, porque su proyecto es para un tipo de Universidad distinta, en la que lo construido por la comunidad académica en el pasado no cuenta siquiera como referente de análisis. Por ello, expresiones que guardan distancia crítica frente a las reformas se muestran como presas del velo de ignorancia, o que – en el mejor de los casos – tienen problemas de comprensión en el análisis de los textos propuestos. “Frente a cada crítica adversa, habrá una respuesta contundente”, se nos dijo en la mencionada reunión.

3.- No obstante lo anterior, sectores de la comunidad universitaria, Consejos ampliados de Facultad, Claustros de unidades básicas de gestión académico administrativa y de Facultad, Asociaciones de Profesores, grupos universitarios de trabajo (estudiantiles y profesorales), Representantes Profesorales, y Profesores a título personal, han expresado su opinión crítica constructiva en numerosos documentos, en algunos casos incluyendo propuestas alternativas de normatividad, que han circulado con dificultad, pues no han contado con los mismos medios de divulgación de que disponen las propuestas de la Dirección de la Universidad. Tales documentos han puesto en evidencia los entendimientos distintos de Universidad y la necesidad de que cualquier proyecto de reforma dé cuenta de la pluralidad de expresiones que existen en la comunidad académica. Sin embargo, no se percibe que la Dirección de la Universidad haya incorporado las abundantes críticas y sugerencias hechas por los distintos sectores de la comunidad académica. Parecería que contara solamente el número de eventos realizados para legitimar las propuestas de la Rectoría General y que los mecanismos de diálogo puestos en marcha, merced a las crecientes demandas de la comunidad universitaria, hubieran derivado en asuntos de mero trámite, para poder incorporar el lenguaje de la “participación” en el proceso de reforma. Sólo se introdujeron modificaciones puntuales a las últimas versiones conocidas de los aludidos proyectos.

4.- El proceso de reforma que se adelanta pareciera conducir a reformas en derecho, de situaciones de hecho que ya han sido incorporadas en la estructura organizativa de Universidad, como es el caso de la figura del “Gerente administrativo y financiero”, o en la “cultura organizacional” de la institución, especialmente en instancias de dirección administrativa o académico-administrativa, cuyas actuaciones se rigen por el lenguaje de una reforma aún no aprobada.

5.- Dos situaciones recientes son causa de mayor preocupación y molestia para la comunidad universitaria. Nos referimos a la forma apresurada – por decir lo menos – en que el Consejo Académico el 19 de enero del año en curso oyó los informes de las Facultades y procedió a emitir su concepto favorable ante los proyectos de modificación del Estatuto General y de expedición de un nuevo Estatuto del Personal Académico, sin revisar con cuidado – como las circunstancias lo ameritaban – las observaciones que remitieron las Facultades y distintos sectores de la comunidad universitaria, algunas de las cuales eran verdaderos cuestionamientos a los proyectos propuestos. Igualmente causa malestar el hecho de que el Consejo Superior Universitario, el 25 de enero pasado, procediera a declarar dicha reunión como primera sesión de aprobación de los nuevos Estatutos, sin que explícitamente se hubieran discutido los textos a reformar y menos las observaciones de la comunidad universitaria.

6.- Esta última situación pone en cuestión la oportunidad del requerimiento del Consejo Superior Universitario, a través de la Secretaría General, para la expedición del presente concepto, al encontrarnos frente a una situación de hecho: se nos solicita un concepto, sobre unos proyectos de reforma, cuyo texto, ya fue aprobado en “primera sesión” y de la cual oficialmente no se conoce ni resultados ni texto de lo aprobado.

7.- Muy respetuosamente señalamos que el incomprensible afán de la Dirección de la Universidad por aprobar los proyectos de reforma, saca a flote dos situaciones que el Consejo Superior Universitario debería considerar con mucho juicio: a) la inobservancia de las propias reglas de juego presentadas por la Rectoría General, pues se entendía que previo a la realización de la primera sesión de aprobación de las Reformas Estatutarias debería tenerse el concepto del Comité Nacional de Representantes Profesorales y que la fecha para emitir dicho concepto determinada por el Consejo Superior Universitario y notificada por la Secretaría General de la Universidad, atendía a la agenda definida para dar curso a la mencionada primera sesión de aprobación de reformas estatutarias ; b) la inconveniencia de aprobar las Reformas Estatutarias sin la debida discusión y participación de la comunidad universitaria. En este literal nos referimos al hecho de que se hayan fijado fechas inmediatas para la aprobación de los proyectos de Reformas de Estatutos –12 de marzo de 2005 para el General y 8 de abril de 2005 para el de Personal Académico –, sin que medie el conocimiento de las modificaciones a las propuestas de Reforma planteadas luego de el estudio de las múltiples observaciones consignadas, ni de la nueva versión de la Rectoría General anunciada para el próximo 1 de marzo tal como lo informó el Señor Rector General en la reunión con él sostenida.

8.- Si bien es cierto que la política universitaria no se puede reducir a definiciones normativas en el sentido del derecho positivo, pues quienes hacen Universidad son las comunidades académicas, también es claro para nosotros que procesos de Reforma Estatutaria como los que se han emprendido en esta administración rectoral, pretenden redefinir de manera sustancial el “marco normativo de actuación” de la Universidad Nacional y de su comunidad más permanente, el profesorado, con argumentos y propuestas de reforma, como ya se dijo, poco sólidos y nada convincentes.

Por las razones expuestas, nuestro concepto es el siguiente:

1- Ante la propuesta de modificaciones al actual Estatuto General (Acuerdo 13 del C.S.U. de mayo 13 de 1999), si la pregunta es sobre el conjunto de modificaciones nuestro concepto es negativo. Pero si se hace una votación de artículo por artículo, como creemos que debe ser el procedimiento, tenemos una propuesta alternativa que se anexa a este concepto y que se radicará en Secretaría General para la amplia difusión entre la comunidad universitaria.

2- Ante el nuevo proyecto de Estatuto de Personal Académico nuestro concepto es negativo, por lo que proponemos que se retire la propuesta de la Vicerrectoría Académica y se emprenda una rigurosa evaluación del Acuerdo 035 del C.S.U. del 17 de diciembre de 2002 en la que se determine los puntos en que dicho Acuerdo se debe modificar –por ejemplo, en lo relacionado con Situaciones Administrativas –, tareas en las que el Comité Nacional de Representantes Profesorales estaría dispuesto a participar activamente.

Atentamente,
Comité Nacional de Representantes Profesorales

Previous Article

Otra mirada sobre reformas en la Universidad ...

Next Article

Por qué oponerse a la reforma de ...

0
Shares
  • 0
  • +
  • 0

Related articles More from author

  • Reformas

    Exposición de motivos de la propuesta de reforma al estatuto general de la UN

    28 marzo, 2012
    By almo
  • Reformas

    Nuevas propuestas de reformas estatutarias: ni propósito de enmienda ni contrición de corazón

    28 marzo, 2012
    By almo
  • Reformas

    Alternativa de modificación al estatuto general a la propuesta del 26 de octubre de 2004

    28 marzo, 2012
    By almo
  • Reformas

    Proyecto Estatuto de personal académico de la Universidad Nacional de Colombia

    28 marzo, 2012
    By almo
  • PrincipalReformas

    PROYECTO DE LEY ALTERNATIVO DE EDUCACION SUPERIOR- PROPUESTA DE ASPU VERSION OCT-2012

    22 octubre, 2013
    By almo
  • Reformas

    Modificación estatuto general propuesta 26 de octubre de 2004

    28 marzo, 2012
    By almo

Find us on Facebook

Follow us

Redes Sociales

  • 5943
    Followers

DONDE ESTAMOS

Calle 44 # 45 – 67. Edificio 862 Bloque A-3 – Nivel 6 y 7. Bogotá, Colombia.
Tel: +57 (1) 7432253  +57 (1) 2229718